La Ley de Vivienda Justa define la discapacidad como "un impedimento físico o mental que limita sustancialmente una o más de las principales actividades vitales de una persona". Esta definición incluye a las personas que tienen un historial de tal impedimento, y las personas percibidas como teniendo tal impedimento. Las modificaciones razonables, tal y como las define la Ley de Vivienda Justa, son cambios en la estructura física de una vivienda que son necesarios para que una persona con discapacidad pueda disfrutar plenamente de las instalaciones. Dado que en toda Pensilvania escasean las viviendas accesibles, la única opción que tiene un solicitante de vivienda discapacitado para obtener una vivienda accesible puede ser solicitar una modificación razonable. Si se realizara una solicitud razonable de modificaciones en una unidad individual o en la zona común de la vivienda, el proveedor de la vivienda tendría que permitir la modificación.
Algunos ejemplos de modificaciones son:
- Puertas ensanchadas en la unidad
- Barras de sujeción en el baño o en la entrada de la unidad
- Retirada de armarios bajo encimera
- Instalación de una rampa para sillas de ruedas en la entrada del edificio/unidad
- Sustituir los pomos de las puertas por palancas
- Instalación de dispositivos de alerta visual y táctil
Un propietario, administrador de fincas, junta de condominios o cualquier otro proveedor de vivienda puede solicitar información o documentación adicional para evaluar si una solicitud de modificación es razonable si el solicitante tiene una discapacidad que no es obvia o si la necesidad de la modificación relacionada con la discapacidad no es evidente.
En la mayoría de los casos, es responsabilidad del inquilino pagar las modificaciones solicitadas. Si una propiedad recibe ayuda financiera federal, entonces es responsabilidad del proveedor de la vivienda pagar por la modificación. En muchos casos, esto se aplica a los proveedores de viviendas sin ánimo de lucro. El propietario puede exigir que las modificaciones se realicen de forma profesional y, si es necesario, puede pedir que se deposite una fianza para cubrir los costes de devolver la vivienda a su estado original. Un arrendador no puede:
- Dictar un determinado contratista
- Exigir un determinado concepto de diseño por razones estéticas
- Imponer restricciones a la concesión de una solicitud de modificación razonable
Si vive en Filadelfia, el sureste de Pensilvania o Lehigh Valley y necesita ayuda con una solicitud de modificación razonable, póngase en contacto con info@equalhousing.org, 866-540-FAIR o póngase en contacto con nosotros.